
Carrefour
冒充 Carrefour——481 個被舉報號碼
Carrefour 絕不會向您索取銀行資訊、密碼或電話中的簡訊驗證碼。
如果您接到可疑來電,請結束通話並回撥官方號碼。
請勿點選聲稱來自 Carrefour 的簡訊中的連結。
詐騙訊號:製造緊迫感、威脅中斷服務、好得不真實的優惠。
已核實Carrefour 官方號碼(共 3 個)
與 Carrefour 相關的被舉報號碼(共 481 個)
+886 349 146 891 94詐騙45 天前297 次舉報+886 346 460 455 99詐騙46 天前6 次舉報+886 346 296 023 56催收52 天前29 次舉報+886 346 662 177 46詐騙52 天前6 次舉報+886 346 211 241 04詐騙52 天前11 次舉報+886 346 289 470 71催收52 天前7 次舉報+886 346 498 127 34詐騙52 天前14 次舉報+886 346 193 262 12騷擾52 天前7 次舉報+886 346 361 444 15催收52 天前11 次舉報+886 346 284 885 62催收52 天前17 次舉報

最新社群舉報(3565)
“Me llaman y cuelgan...y llamo y salta contestDor”
“Son de carrefur acoso denuncis”
“Buzón de voz y que les den , pesados de cojones”
“Es denunciable, el acoso es denunciable, no os quedéis ahí, hay que denunciar, les puede caer 600.000 € de multa y aún mas.”
“La el Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, nos protege en caso de que nuestros datos esten cedidos ilegalmente, mas según el artículo 18 de nuestra Constitución”Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. Por consiguiente, sería inconstitucional difundir hechos relativos a una persona que puedan constituir una intromisión ilegítima a su derecho al honor o que vulneren su derecho a la intimidad o su imagen.Por otra parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado multilateral, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 reconoce una serie de derechos humanos universales:Artículo 17.- Derecho a la vida privada y de familia1-Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y rep***ción.2-Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.Una sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil que ha contribuido a reforzar la doctrina jurisprudencial, es la Sentencia del Tribunal Supremo de uno de Julio de dos mil cuatro, Nº de Resolución: 615/2004 de que la divulgación en determinadas circunstancias, de los datos concernientes a la morosidad del deudor, aunque sea cierta, implica un vejamen o acción denigratoria que atentan contra la dignidad de la persona humana y lastiman y lesionan el honor del sujeto afectado. Asimismo la doctrina señala que siempre será ilegítima la divulgación de esos datos (por atentatoria al honor del afectado), cuando por el modo de producirse se aprecie una finalidad de atemorizar o coaccionar al deudor por medios vejatorios para que pague la cantidad que se reclama. Al propio tiempo se considerarán medios vejatorios, coactivos o intimidatorios cuando se actúe con la intención de extender el rumor sobre la morosidad del destinatario o cuando, como en determinadas actuaciones de las empresas de cobros a morosos se pretenda de forma diversa transmitir a personas del entorno del afectado (vecinos, clientes, proveedores y medios sociales), la morosidad del afectado.Denunciar estos acosos, les pueden caer multas supeiores a 600.000 €. no tengan miedo.”
“La el Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, nos protege en caso de que nuestros datos esten cedidos ilegalmente, mas según el artículo 18 de nuestra Constitución”Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. Por consiguiente, sería inconstitucional difundir hechos relativos a una persona que puedan constituir una intromisión ilegítima a su derecho al honor o que vulneren su derecho a la intimidad o su imagen. Por otra parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado multilateral, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 reconoce una serie de derechos humanos universales: Artículo 17.- Derecho a la vida privada y de familia 1-Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y rep***ción. 2-Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques. Una sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil que ha contribuido a reforzar la doctrina jurisprudencial, es la Sentencia del Tribunal Supremo de uno de Julio de dos mil cuatro, Nº de Resolución: 615/2004 de que la divulgación en determinadas circunstancias, de los datos concernientes a la morosidad del deudor, aunque sea cierta, implica un vejamen o acción denigratoria que atentan contra la dignidad de la persona humana y lastiman y lesionan el honor del sujeto afectado. Asimismo la doctrina señala que siempre será ilegítima la divulgación de esos datos (por atentatoria al honor del afectado), cuando por el modo de producirse se aprecie una finalidad de atemorizar o coaccionar al deudor por medios vejatorios para que pague la cantidad que se reclama. Al propio tiempo se considerarán medios vejatorios, coactivos o intimidatorios cuando se actúe con la intención de extender el rumor sobre la morosidad del destinatario o cuando, como en determinadas actuaciones de las empresas de cobros a morosos se pretenda de forma diversa transmitir a personas del entorno del afectado (vecinos, clientes, proveedores y medios sociales), la morosidad del afectado. Denunciar estos acosos, les pueden caer multas supeiores a 600.000 €. no tengan miedo.”
“Que les den por el saco, usureros de servicios financieros Carrefour, que vallan a cobrar a Francia.”
“Llaman y no contestan”